Establecimientos y servicios de salud
Permisos, sus modificaciones y avisos relacionados.
Registro de comisiones de investigación, ética y bioseguridad.
A continuación se hacen algunas recomendaciones para que usted promovente las considere antes de presentar la solicitud del trámite.
Usted promovente debe saber que antes de construir o ampliar, remodelar, acondicionar, equipar y regularizar su establecimiento de servicios de salud tendrá que solicitar y obtener el Permiso Sanitario de Construcción, como lo establece el artículo 224 fracción I del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica.
Los Planos arquitectónicos que usted promovente adjunte a la solicitud de éste Permiso deben contener el amueblado y dimensionamiento de cada uno de los servicios que integrarán al establecimiento, sus medidas 90x60 cm. en papel bond, original y copia y a una escala de: 1:100, 1:75, 1:50.
Se sugiere previamente a la elaboración del programa médico, memoria descriptiva y programa médico arquitectónico consultar la guía del Permiso Sanitario de Construcción.
Respecto al Permiso de Responsable de Operación y Funcionamiento, se aconseja llenar adecuadamente el formato, el certificado o recertificación de especialidad en radiología debe estar vigente, las fotografías deben ser tamaño infantil y permanecer el responsable sanitario en el establecimiento el 50% del horario de funcionamiento.
La modificación al Permiso de Responsable de la Operación y Funcionamiento procede por cambio de horario de su permanencia en el establecimiento, y el
Asesor Especializado en Seguridad Radiológica por: incremento o disminución en los servicios a proporcionar o por cambio del responsable técnico.
Al dar clic en el siguiente vínculo usted usuario irá a la sección de “Trámites y servicios”, en ella encontrará la información relativa a cada trámite como: modalidades, formatos oficiales y pago de derechos
|